
Conviene traer a colación la resolución de la Comisión Nacional de la Competencia (rechazada por la Ministra González Sinde):
España podría estar infringiendo el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea por permitir que las entidades de gestión (SGAE, AGEDI, etc.,) realicen una explotación abusiva de su posición dominante.De forma interesada se confunde derechos de autor (que casi nadie discute), con los derechos de reproducción. Estos últimos se han convertido en una industria multimillonaria capaz de recurrir a los métodos que consideren necesarios para perpetuar su negocio: si hay que extorsionar a estudiantes o a ciudadanos, se les extorsiona. Pero el fin justifica los medios, y si hay que ir más allá, se extorsiona a gobiernos, como estamos viviendo actualmente en España.

- Son las mismas Sociedades de Gestión que protestan las que elaboran un informe que remiten a EE.UU. denunciando la piratería, y como consecuencia y sin comprobaciones, nos colocan en el llamado informe o lista 301.
- Los países incluidos en el primer nivel de vigilancia o priority watch list son doce: Argelia, Argentina, Canadá, Chile, China, India, Indonesia, Israel, Pakistán, Rusia, Tailandia y Venezuela. (por incluir a Canadá -socio prioritario de EE.UU., es por lo que los ciudadanos han conocido esta lista). En un segundo nivel, o lower-level watch list, se sitúan nada menos que treinta y tres países: Arabia Saudí, Bielorrusia, Bolivia, Brasil, Brunei, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Egipto, España, Filipinas, Finlandia, Grecia, Guatemala, Hungría, Italia, Jamaica, Kuwait, Líbano, Malasia, México, Noruega, Perú, Polonia, República Checa, República Dominicana, Rumanía, Tajikistán, Turquía, Turkmenistán, Ucrania, Uzbekistán y Vietnam.
¿Entonces de que discutimos? De defender a ultranza un modelo trasnochado de negocio. En el siglo XXI establecer la propiedad intelectual en función de la cantidad de copias, de su contaje, cuando hoy las puede hacer cualquiera, es cuando menos absurdo.
Se impone una reflexión serena y profunda en donde los autores expresen sus opiniones libremente. Habrá que explorar nuevos caminos donde se defiendan los justo derechos de autor y su cesión de reproducción a otra parte.
En cualquier caso debemos oponernos al recorte de libertades que se pretende en España. El juez (en el caso de cierres de webs) no puede ser una marioneta en manos de una comisión ministerial. Es la única autoridad para decidir la inocencia o culpabilidad de un ciudadano o institución.
Y por rizar el rizo: ¿Pueden usarse sin lugar a ninguna remuneración económica o crédito los contenidos producidos por los usuarios? ¿Hay algún tipo de protección a la propiedad intelectual aplicable en estos casos?
3 comentarios:
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